ESTUDIANTES SUBGRADUADOS

Requisitos Generales para la Elegibilidad de Asistencia Económica

Los requisitos generales para la elegibilidad de Asistencia Económica son los siguientes:  

    • Ser estudiante de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo.  
    • Ser ciudadano (a) de los E.U. de América o ser residente permanente.  
    • Poseer diploma de escuela superior o su equivalente.  
    • Estar matriculado en un programa de estudios conducentes a un grado académico.  
    • Mantener Progreso Académico Satisfactorio de acuerdo a las normas institucionales establecidas en la Certificación 55 (2016-17) de la Junta de Gobierno.  
    • Demostrar necesidad económica, según lo establecen las regulaciones Federales y Estatales.  
    • No ser deudor de programas federales estudiantiles de préstamo o becas.  

Signo de exclamaciónPolítica y Normas de Elegibilidad Académica para Asistencia Económica (pdf)

AYUDAS FEDERALES

Beca Federal FAFSA (PELL)

  • Sirve como base y determinación a los programas de Asistencia Económica.
  • Se solicita por Internet en la página electrónica https://studentaid.gov,  en la Oficina de Asistencia Económica de la Universidad, Oficina del Centro de Oportunidades Educativas (COE) y Escuelas Superiores.
  • La cantidad a otorgar dependerá de la elegibilidad que le sea concedida por el gobierno federal y los créditos con que se matricule el estudiante.
  • La elegibilidad termina cuando el estudiante completa los requisitos del grado o hasta el 150% del tiempo requerido para lograrlo.
  • Proceso de Verificación Solicitudes de Asistencia Económica

Beca Federal Suplementaria (FSEOG)

  • Fondos destinados para estudiantes de mayor necesidad económica.
  • Cualifican estudiantes matriculados con seis (6) créditos o más; pero se le brinda prioridad a estudiantes con carga académica completa (12 créditos o más).

Programa Federal de Estudio y Trabajo (FWSP)

AYUDAS ESTATALES

Certificación 49-2018-2019

Reglamento para la Concesión de Asistencia Económica del Fondo Especial para Becas de la Universidad de Puerto Rico, (conocida como Ley 44) de la Junta de Gobierno.

  • Ayuda Económica de hasta mil dólares $1,000 por beneficiario(a) por año académico.

Beca Fondo Dotal

  • Se constituye de aportaciones de entidades públicas o privadas, exalumnos(as), sobrantes presupuestarios, asignaciones legislativas, el producto de la venta de propiedades de la Universidad de Puerto Rico o de cualquier otra entidad o persona natural o jurídica que desee aportar el crecimiento del fondo.
  • Estudiante a nivel subgraduado se podrán beneficiar de las siguientes ayudas de acuerdo a la disponibilidad de fondos:
    • Beca Fondo General (Subgraduado Irrrestricto)
    • Beca Rosa E. Axtmayer
    • Beca Sixto Moreira

Certificacion#148 (2021-2022)

Es una ayuda económica del programa de beca para mitigar el alza en matrícula del Plan Fiscal de la Universidad de Puerto Rico, conocida como Ley 4.

  • Sufragará el costo de los créditos para estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos.
  • Se otorgará a estudiantes que no excedan $100,000 de ingresos.

Certificación#47 (2019-2020)

Ayuda económica para pago de créditos.

  • Sufragará el costo de los créditos (no repetidos) para estudiantes matriculados a tiempo completo con las categorías y requisitos establecidos.
  • Estudiantes que sean empleados, cónyuges de empleados, hijos de empleados podrían ser elegibles para el pago de laboratorios.
  • Se otorgará a estudiantes que no excedan $100,000.00 de ingresos.

Beca por Mérito

  • Ayuda Económica de hasta mil seiscientos dólares ($1,600.00) por beneficiario(a) por año académico.
  • Se otorgará a estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en la Certificación 47-20219-2020 (conocida como Certificación 4) de la Junta de Gobierno.

PRÉSTAMO DIRECTO CON SUBSIDIO (WILLIAM D.FORD)

  • El Departamento de Educación paga los intereses durante los siguientes periodos:
    • Se ofrece mientras esté matriculado en una carga académica mínima de medio tiempo.
    • Luego del periodo de seis meses del estudiante haber dejado de estudiar.
    • Durante algún periodo de diferimiento.

PRÉSTAMO DIRECTO SIN SUBSIDIO (WILLIAM D.FORD)

  • No requieren que se demuestre necesidad económica
  • La cantidad que puede pedir prestado el(la) estudiante está basada en sus costos de estudios, año de clasificación y otras ayudas económicas recibidas.
  • El(la) estudiante es responsable por el pago de los intereses durante todos los períodos.

PRÉSTAMO PLUS (PADRES Y ESTUDIANTES INDEPENDIENTES)

  • Son elegibles a esta ayuda los padres de estudiantes matriculados en una carga académica mínima de medio tiempo.
  • La cantidad del préstamo depende de los costos del programa de estudio y de otras ayudas otorgadas al (a la) estudiante, si alguna.