ESTUDIANTES GRADUADOS

Requisitos Generales para la Elegibilidad de Asistencia Económica

Los requisitos generales para la elegibilidad de Asistencia Económica son los siguientes:  

    • Ser estudiante de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo.  
    • Ser ciudadano (a) de los E.U. de América o ser residente permanente.  
    • Poseer diploma de escuela superior o su equivalente.  
    • Estar matriculado en un programa de estudios conducentes a un grado académico.  
    • Mantener Progreso Académico Satisfactorio de acuerdo a las normas institucionales establecidas en la Certificación 55 (2016-17) de la Junta de Gobierno.  
    • Demostrar necesidad económica, según lo establecen las regulaciones Federales y Estatales.  
    • No ser deudor de programas federales estudiantiles de préstamo o becas.  

Signo de exclamaciónPolítica y Normas de Elegibilidad Académica para Asistencia Económica (pdf)

AYUDAS FEDERALES

Programa de Estudio y Trabajo

  • Los fondos de esta ayuda los asigna el Departamento de Educación Federal.
  • El propósito primordial es estimular y promover el empleo a estudiantes con necesidad económica.
  • Fomenta el trabajo de servicio comunitario
  • El(la) estudiante devengará el salario mínimo estatal o federal vigente, el que sea mayor, Es prerrogativa de cada recinto establecer una cantidad mayor.

BECAS INSTITUCIONALES

Certificación 49-2018-2019

Reglamento para la Concesión de Asistencia Económica del Fondo Especial para Becas de la Universidad de Puerto Rico, (conocida como Ley 44) de la Junta de Gobierno.

    • Ayuda Económica de hasta mil dólares $1,000 por beneficiario(a) por año académico.

Beca de Fondo Dotal

  • Se constituye de aportaciones de entidades públicas o privadas, exalumnos(a), sobrantes presupuestarios, asignaciones legislativas, el producto de la venta de propiedades de la Universidad de Puerto Rico o de cualquier otra entidad o persona natural o jurídica que desee aportar al crecimiento del fondo.
  • Estudiante a nivel graduado se podrán beneficiar de las siguientes ayudas de acuerdo a la disponibilidad de fondos:
    • Beca Fondo Dotal General
    • Beca José Trías Monge
    • Rosa E. Axtmayer
    • Beca Sixto Moreira

Certificación 148 (2021-2022)

Es una ayuda económica del programa de beca para mitigar el alza en matrícula del Plan Fiscal de la Universidad de Puerto Rico conocida como Ley 4.

  • Sufragará el costo de los créditos para los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos.
  • Se otorgará a estudiantes que no excedan $100,000.00 de ingresos.

Becas por Mérito

  • Ayuda Económica de hasta mil seiscientos dólares ($1,600.00) por beneficiario(a) por año académico.
  • Se otorgará a estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en la Certificación 47-2019-2020 (conocida como Certificación 4) de la Junta de Gobierno.

PRÉSTAMO DIRECTO SIN SUBSIDIO (WILLIAM D. FORD) 

  • No requieren que se demuestre necesidad económica
  • La institución educativa a la que asiste determina el monto que puedes pedir prestado el(la) estudiantes en función del costo de estudio y otras ayudas que reciba.
  • El(la) estudiante es responsable por el pago de los intereses durante todos los períodos.
  • Si opta por no pagar los intereses mientras está en la institución educativa y durante los períodos de gracia y períodos de aplazamiento de pago o de suspensión temporal de cobro, sus intereses serán devengados (se acumularán) y capitalizados (es decir, sus intereses se agregarán al monto del capital de su préstamo).

PRÉSTAMO PLUS (ESTUDIANTES)

  • Son elegibles a esta ayuda estudiantes matriculados(a) en una carga académica mínima de medio tiempo.
  • La cantidad del préstamo depende de los costos del programa de estudio y otras ayudas otorgadas al (a la) estudiante, si alguna.