CARES ACT – Higher Education Emergency Relief Fund (HEERF) 

CARES Act – INFORMACIÓN GENERAL

En respuesta a la pandemia mundial de COVID-19, El gobierno de los Estados Unidos ha promulgado el CARES Act para proporcionar, entre otras cosas, apoyo financiero a los estudiantes para cubrir gastos relacionados con la interrupción de las operaciones del campus debido al coronavirus

Esta ayuda cubrirá costos tales como: alimentos, vivienda, materiales del curso, tecnología, atención médica y cuidado infantil.

La Secretaria del Departamento de Educación Federal, la Dra. Betsy DeVos, en su comunicado del 9 de abril de 2020, anunció a las instituciones de educación superior de la nación americana que para tener acceso a estos fondos, se debían firmar unos acuerdos con el Departamento, a los fines de reconocer los términos y condiciones aplicables a estos fondos. De igual manera, en su comunicado del 21 de abril de 2020 estableció las instrucciones necesarias para el acceso al cincuenta porciento restante de la partida de los fondos del CARES Act para el uso de la Institución (Recipient’s Institutional Costs).

El Departamento de Educación Federal estableció la metodología para determinar la asignación de fondos correspondientes a cada una de las instituciones de educación superior. En el caso de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo, la metodología utilizada reflejó una asignación de fondos ascendentes a $ 7,684,736 de los cuales $3,842,368, equivalente al 50 porciento será distribuido en ayudas económicas a los estudiantes elegibles.

UPRA CARES Act

Elegibilidad

El Departamento de Educación ha establecido como criterio de elegibilidad que el estudiante a ser recipiente de la ayuda de emergencia del CARES Act tiene que ser elegible a los fondos de la sección 484 de Title IV del Higher Education Act de 1965, según enmendado (HEA). La forma más rápida para documentar esta elegibilidad es completando la Solicitud Gratuita para Ayudas Económicas Federales para el año 2019-2020 (FAFSA, por sus siglas en inglés).

También, como requisito de elegibilidad a los fondos de Titulo IV, el estudiante debe completar y certificar un documento donde justifique su necesidad para esta ayuda de emergencia con respecto a los gastos relacionados con la interrupción de las operaciones del campus debido al Covid-19 (gastos elegibles relacionados al costo de asistencia a clases, tales como alimentos, vivienda, materiales de cursos, tecnología, atención médica y cuidado infantil). Todos los estudiantes elegibles, matriculados en el segundo semestre académico del año fiscal 2019-2020, tanto a tiempo completo como y a tiempo parcial, pueden utilizar el portal https://portal.upr.edu/ para completar el documento que evidencia su necesidad como parte del proceso para acceder a estos fondos, sujeto a las condiciones establecidas por la reglamentación.

Para una lista completa de los criterios de elegibilidad a los fondos de Título IV, puede dirigirse al comunicado del 29 de abril de 2020 enviado por el Dr. José L. Perdomo,  Vicepresidente de Asuntos Estudiantiles, El estudiante que complete la FAFSA 2019-2020 básicamente presenta su información para determinar su elegibilidad a los fondos de Título IV. Aquellos estudiantes que no completen la FAFSA 2019-2020 deberán presentar ante la Oficina Programática de Asistencia Económica, la documentación especificada en el comunicado del Vicepresidente de Estudiantes.  La Oficina de Asistencia Económica determinará la elegibilidad a dichos fondos una vez presentada la documentación o certificación correspondiente.

UPR Q&A CARES Act

HEERF Grant: Cares Act for Awardyear 2020

1er Comunicado del Rector: Ayuda Económica a Estudiantes por la Emergencia del COVID-19

Carta de la Directora de Asistencia Económica sobre el proceso del CARES Act

2do Comunicado del Rector sobre el pago del CARES Act

3er Comunicado del Rector sobre el pago del CARES Act

 

FASE 2 FONDOS INSTITUCIONALES A ESTUDIANTES

2 DE OCTUBRE DE 2020

Carta del Rector

a Estudiantes de Nuevo Ingreso

Instrucciones para completar
Certificación Cares Act Aid

17 DE NOVIEMBRE DE 2020

PAGO BECA CARES ACT 

a Estudiantes de Nuevo Ingreso

10 DE DICIEMBRE DE 2020

PAGO BECA CARES ACT

a Estudiantes de Nuevo Ingreso

 

21 DE DICIEMBRE DE 2020

PAGO BECA CARES ACT 

a Estudiantes de Nuevo Ingreso

INFORMES REQUERIDOS – STUDENT AID PORTION

Informe sobre distribución de fondos de la Ley CARES

La siguiente información se ofrece para proporcionar divulgación pública y para garantizar el cumplimiento de los requisitos del Departamento de Educación de los Estados Unidos relacionados con el CARES-Act, promulgada por el presidente Trump el 27 de marzo de 2020. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo presenta el informe inicial a la Secretaria del Departamento de Educación Federal realizado dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la Certificación y Acuerdo de la institución ante el Departamento.

Reporte de la UPR Arecibo para CARES Act, Reporte Inicial a 30 días

  1. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo se complace en informar que estamos participando en la Ley CARES establecida por el Congreso. Hemos firmado y devuelto la Certificación y el Acuerdo del Departamento de Educación de que tenemos la intención de utilizar no menos del 50 por ciento de los fondos recibidos bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES para proporcionar Subvenciones de Ayuda Financiera de Emergencia a los estudiantes afectados por esta Pandemia del Covid-19.
  2. La subvención total del Departamento de Educación bajo la Sección 18004 (a) (1) del UPR Arecibo es de $7,684,736 y de esa cantidad al menos $ $3,842,368 estarán disponible para Subvenciones de Ayuda Financiera de Emergencia para Estudiantes. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo ya ha distribuido $2,866,680.72 a estudiantes elegibles para estas subvenciones.
  3. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo ha estimado que 3,308 estudiantes podrían ser elegibles para participar en programas bajo la Sección 484 en el Título IV de la Ley de Educación Superior de 1965 y, por lo tanto, son elegibles para recibir Subsidios de Ayuda Financiera de Emergencia para estudiantes bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES. Como se trata de un estimado los fondos no distribuidos se asignarán por igual a todos los estudiantes elegibles en o antes del 31 de julio de 2020.
  4. 2,468 estudiantes han recibido el Subsidio de Ayuda Financiera de Emergencia bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES al 19 de mayo de 2020.
  5. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo determinó que todos los estudiantes elegibles que certifiquen su necesidad de Ayudas de Emergencia para gastos relacionados con la interrupción de las operaciones del campus debido al coronavirus (incluidos los gastos elegibles bajo el costo de asistencia a clases de un estudiante, como alimentos, vivienda, cursos, materiales, tecnología, gastos médicos y cuidado infantil) recibirán una cantidad igual de Subvención de ayuda financiera de emergencia bajo la Sección 18004 (c) (1) de la Ley CARES. UPR-Arecibo estimó que el estudiante elegible recibirá una subvención de $ 1,161.54
  6. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo, junto con la Administración Central de la UPR, actualmente proporcionan instrucciones y orientación a todos sus constituyentes (incluidos los estudiantes) a través de correos electrónicos y de la página UPR Q&A CARES Act. A los estudiantes se les orientó para que certificaran su necesidad de ayuda de emergencia para gastos relacionados con la interrupción de las operaciones del campus debido a coronavirus (incluidos los gastos elegibles bajo el costo de un estudiante asistencia como alimentos, vivienda, materiales del curso, tecnología, gastos médicos y cuidado infantil) en o antes del 22 de mayo de 2020.
  7. No obstante, se mantendrá el proceso disponible hasta completar la asignación de fondos a los estudiantes elegibles en o antes del 31 de julio de 2020.

 


 

Segundo informe sobre distribución de fondos de la Ley CARES

La siguiente información se ofrece para proporcionar divulgación pública y para garantizar el cumplimiento de los requisitos del Departamento de Educación de los Estados Unidos relacionados con el CARES-Act, promulgada por el presidente Trump el 27 de marzo de 2020. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo presenta el informe de seguimiento a los 45 días, luego de haber presentado el informe inicial a la Secretaria del Departamento de Educación Federal realizado dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la Certificación y Acuerdo de la institución ante el Departamento.

Reporte de la UPR Arecibo para CARES Act, Reporte Seguimiento a los 45 días del informe inicial

  1. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo se complace en informar que estamos participando en la Ley CARES establecida por el Congreso. Hemos firmado y devuelto la Certificación y el Acuerdo del Departamento de Educación de que tenemos la intención de utilizar no menos del 50 por ciento de los fondos recibidos bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES para proporcionar Subvenciones de Ayuda Financiera de Emergencia a los estudiantes afectados por esta Pandemia del Covid-19.
  2. La subvención total del Departamento de Educación bajo la Sección 18004 (a) (1) del UPR Arecibo es de $7,684,736 y de esa cantidad al menos $ $3,842,368 estarán disponible para Subvenciones de Ayuda Financiera de Emergencia para Estudiantes. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo ya ha distribuido $3,639,104.82 a estudiantes elegibles para estas subvenciones.
  3. 3,133 estudiantes han recibido el Subsidio de Ayuda Financiera de Emergencia bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES al 20 de julio de 2020.
  4. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo ha estimado que 3,308 estudiantes podrían ser elegibles para participar en programas bajo la Sección 484 en el Título IV de la Ley de Educación Superior de 1965 y, por lo tanto, son elegibles para recibir Subsidios de Ayuda Financiera de Emergencia para estudiantes bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES. Como se trata de un estimado los fondos no distribuidos se asignarán por igual a todos los estudiantes elegibles en o antes del 31 de julio de 2020.
  5. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo determinó que todos los estudiantes elegibles que certifiquen su necesidad de Ayudas de Emergencia para gastos relacionados con la interrupción de las operaciones del campus debido al coronavirus (incluidos los gastos elegibles bajo el costo de asistencia a clases de un estudiante, como alimentos, vivienda, cursos, materiales, tecnología, gastos médicos y cuidado infantil) recibirán una cantidad igual de Subvención de ayuda financiera de emergencia bajo la Sección 18004 (a) (1) de la Ley CARES. UPR-Arecibo estimó que el estudiante elegible recibirá una subvención de $ 1,161.54
  6. La Universidad de Puerto Rico en Arecibo, junto con la Administración Central de la UPR, actualmente proporcionan instrucciones y orientación a todos sus constituyentes (incluidos los estudiantes) a través de correos electrónicos y de la página http://upra.edu/cares-act/#1590615754312-f57a16cf-9246 A los estudiantes se les orientó para que certificaran su necesidad de ayuda de emergencia para gastos relacionados con la interrupción de las operaciones del campus debido a coronavirus (incluidos los gastos elegibles bajo el costo de un estudiante asistencia como alimentos, vivienda, materiales del curso, tecnología, gastos médicos y cuidado infantil) en o antes del 31 de julio de 2020.
  7. No obstante, se mantendrá el proceso disponible hasta completar la asignación de fondos a los estudiantes elegibles en o antes del 31 de julio de 2020.

 

Informe sometido el 23 de julio de 2020


 

QUARTERLY CARES Act Progress Report as of September 30, 2020

The following information is given to provide public disclosure and to assure compliance with the United States Department of Education requirements related to the Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security (CARES) Act, signed into law by President Trump on March 27, 2020. UPR Arecibo’s response to the seven requested criteria listed below. It represents the updated report to the quarter ended on September 30, 2020. A second Fund report to the Secretary was submitted in July 26 (45-day) following the initial report submitted in June 11 within thirty (30) days from the date of the institution’s Certification and Agreement to the Department.

UPR Arecibo Updated Information for CARES Act

  1. The University of Puerto Rico in Arecibo is pleased to report that we are participating in the CARES Act established by Congress. We have signed and returned the Department of Education’s Certification and Agreement that we intend to use no less than 50 percent of the funds received under Section 18004(a)(1) of the CARES Act to provide Emergency Financial Aid Grants to students.
  2. The total grant from the Department of Education under Section 18004(a)(1) of the UPR Arecibo is $7,684,736 and of that amount at least $ 3,842,368 will be available for Emergency Financial Aid Grants to Students.
  3. The University of Puerto Rico in Arecibo has already distributed $3,651,881.76 to students eligible for these grants.
  4. 3,144 students have received an Emergency Financial Aid Grant under Section 18004(a)(1) of the CARES Act as of September 30, 2020.The University of Puerto Rico in Arecibo has estimated that 3,308 students might be eligible to participate in programs under Section 484 in Title IV of the Higher Education Act of 1965 and thus are eligible to receive Emergency Financial Aid Grants to students under Section 18004(a)(1) of the CARES Act. Since this is an estimate, any undistributed funds will be allocated equally through all eligible students on or before October 15, 2020.
  5. The University of Puerto Rico in Arecibo determined that all eligible students who certify their need for Emergency Grants for expenses related to the disruption of campus operations due to coronavirus (including eligible expenses under a student’s cost of attendance such as food, housing, course materials, technology, health care, and child care) will receive an equal amount of Emergency Financial Aid Grants under
    Section 18004(a)(1) of the CARES Act UPR-Arecibo estimates eligible student will receive a grant of $1,161.54.
  6. The University of Puerto Rico in Arecibo, along with UPR Central Administration is being currently providing instructions and guidance to its constituents (including students) through electronic mails and through a webpage created for this purpose. (http://upra.edu/cares-act/#1590615754312-f57a16cf-9246).
  7. Students were recommended to certify their need for Emergency Grants for expenses related to the disruption of campus operations due to coronavirus (including eligible expenses under a student’s cost of attendance such as food, housing, course materials, technology, health care, and child care) on or before September 30, 2020.

Updated September 30, 2020


 

QUARTERLY CARES Act Progress and Final Report as of December 31, 2020

The following information is given to provide public disclosure and to assure compliance with the United States Department of Education requirements related to the Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security (CARES) Act, signed into law by President Trump on March 27, 2020. UPR Arecibo’s response to the seven requested criteria listed below. This second quarterly posting is the final report that covers all remaining HEERF fund expenditures for Section 18004(a)(1) Student Portion funds. It represents the fourth updated and second quarterly ended on December 31, 2020.

A third report was submitted on October 9, 2020 for the quarter ended on September 30, 2020. A second Fund report to the Secretary was submitted in July 26 (45-day) following the initial report presented in June 11 within thirty (30) days from the date of the institution’s Certification and Agreement to the Department.

UPR Arecibo Updated Information for CARES Act

  1. The University of Puerto Rico in Arecibo is pleased to report that we are participating in the CARES Act established by Congress. We have signed and returned the Department of Education’s Certification and Agreement that we intend to use no less than 50 percent of the funds received under Section 18004(a)(1) of the CARES Act to provide Emergency Financial Aid Grants to students.
  2. The total grant from the Department of Education under Section 18004(a)(1) of the UPR Arecibo is $7,684,736 and of that amount at least $ 3,842,368 will be available for Emergency Financial Aid Grants to Students.
  3. The University of Puerto Rico in Arecibo distributed $3,842,354.36 to students eligible for these grants and there is a remainder of $13.64
  4. 3,148 students received an Emergency Financial Aid Grant under Section 18004(a)(1) of the CARES Act as of December 31, 2020.The University of Puerto Rico in Arecibo had estimated that 3,308 students might be eligible to participate in programs under Section 484 in Title IV of the Higher Education Act of 1965 and thus are eligible to receive Emergency Financial Aid Grants to students under Section 18004(a)(1) of the CARES Act. Since this was an estimate, any undistributed funds were allocated equally ($59.03 per student) through all eligible students.
  5. The University of Puerto Rico in Arecibo determined that all eligible students who certify their need for Emergency Grants for expenses related to the disruption of campus operations due to coronavirus (including eligible expenses under a student’s cost of attendance such as food, housing, course materials, technology, health care, and child care) will receive an equal amount of Emergency Financial Aid Grants under Section 18004(a)(1) of the CARES Act UPR-Arecibo estimates eligible student will receive a grant of $1,161.54 and finally received a total of $1,220.57.
  6. The University of Puerto Rico in Arecibo, along with UPR Central Administration is being currently providing instructions and guidance to its constituents (including students) through electronic mails and through a webpage created for this purpose. (http://upra.edu/cares-act/#1590615754312-f57a16cf-9246).
  7. Students were recommended to certify their need for Emergency Grants for expenses related to the disruption of campus operations due to coronavirus (including eligible expenses under a student’s cost of attendance such as food, housing, course materials, technology, health care, and child care) on or before September 30, 2020.

Updated December 31, 2020


Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act (CRRSAA) and American Rescue Plan Act (ARPA)

CRRSAA – INFORMACIÓN GENERAL

El gobierno de los Estados Unidos ha promulgado el Coronavirus Response and Relief Supplemental Appropriations Act, 2021 (CRRSAA), Pub. L. 116-260 (Dec. 27, 2020), el cual provee una asignación de fondos de emergencia conocida como el Higher Education Emergency Relief Fund (HEERF). Estos fondos tienen el propósito primordial de brindar apoyo a los estudiantes para atender distintas necesidades y gastos relacionados a la emergencia del COVID-19, así como el impacto de la interrupción de las operaciones regulares en las instituciones.

El Subsecretario Interino del Departamento de Educación Federal, el Dr. Christopher J. McCaghren, en comunicación del 14 de enero de 2021 anunció que aquellas instituciones de educación superior que ya tuvieran una otorgación bajo la porción estudiantil e institucional del Cares Act, no les sería necesario enviar solicitudes adicionales para tener acceso a estos fondos. Sino que, automáticamente procesarían los fondos adicionales como suplementos a las subvenciones existentes. Los términos y condiciones aplicados en el nuevo acuerdo suplementario serán considerados aceptados al retirar cualquier cantidad de estos fondos.

El Departamento de Educación Federal estableció la metodología para determinar la asignación de fondos  correspondientes a cada una de las instituciones de educación superior. Las variables consideradas fueron elegibilidad a beca Pell y si estuvieron o no matriculados en cursos a distancia previo a la emergencia del coronavirus. Siendo el factor con mayor peso el de estudiantes elegibles a Pell que no estuvieron matriculados exclusivamente en cursos a distancia previo a la pandemia del Coronavirus. En el caso de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo, la metodología utilizada reflejó una asignación de fondos ascendentes a $11,195,711 (pág. 63) de los cuales $3,842,368 (cantidad igual a los fondos otorgados bajo el Cares Act) deben ser destinados como la cantidad mínima que será otorgada en ayudas de emergencia a los estudiantes elegibles.

Comunicado del Rector

 

 

 

American Rescue Plan Act, 2021 (ARP)

Informe Inicial

El gobierno de los Estados Unidos ha promulgado el American Rescue Plan Act, 2021 (ARP), Pub. L. 117-2 (marzo 11, 2021), el cual provee una asignación de fondos de emergencia conocida como el Higher Education Emergency Relief Fund (HEERF III) para apoyo a las Instituciones de educación superior y garantizar la continuidad del aprendizaje durante la pandemia de COVID-19.

La Subsecretaria interina de Educación Postsecundaria del Departamento de Educación Federal, la Dra. Michelle Aspa Cooper, en comunicación del 11 de mayo de 2021. Las instituciones que recibieron asignaciones bajo CRRSAA no necesitan solicitar estos fondos, ya que estas instituciones recibirán su subvención ARP como suplementos a las subvenciones existentes. Los términos y condiciones aplicados en el nuevo acuerdo suplementario serán considerados aceptados al retirar cualquier cantidad de estos fondos.

El Departamento de Educación Federal estableció la metodología para determinar la asignación de fondos correspondientes a cada una de las instituciones de educación superior. Las variables consideradas fueron elegibilidad a beca Pell y sí estuvieron o no matriculados en cursos a distancia previo a la emergencia del coronavirus. Siendo el factor con mayor peso el de estudiantes elegibles a Pell que no estuvieron matriculados exclusivamente en cursos a distancia previo a la pandemia del Coronavirus. En el caso de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo, la metodología utilizada reflejó una asignación de fondos ascendentes a $19,538,227 (pág. 69) de los cuales $9,769,114 deben ser destinados como la cantidad mínima que será otorgada en ayudas de emergencia a los estudiantes elegibles.

Estos fondos tienen como partidas obligatorias:

(1) implantación de un sistema de monitoreo, rastreo y prevención para evitar la propagación del COVID-19.

(2) realizar orientaciones a recipientes de becas acerca de la oportunidad de recibir un ajuste en la ayuda económica estudiantil en caso de desempleo del recipiente o de un miembro de su familia u otra circunstancia que haya afectado su situación económica.

Para más información puede acceder al siguiente enlace: ARP: American Rescue Plan (HEERF III) (ed.gov)

 

Presentado: 12 de junio 2021