Requisitos Generales para la Elegibilidad de Asistencia Económica
- Estar admitido en la Institución en un programa conducente a obtener un grado académico.
- Ser ciudadano de los Estados Unidos de América o ser residente permanente.
- Mantener un Progreso Académico Satisfactorio (PAS)[1] en los estudios.
- Radicar a tiempo la solicitud de Asistencia Económica con todos los documentos requeridos.
- Demostrar necesidad económica, según lo establecen las Regulaciones Federales y Estatales.
- Aceptar por escrito cualquier oferta de ayuda económica antes del cobro de esta.
- Firmar documentos relacionados con:
Abuso de Drogas y Alcohol
Propósito Educacional
Información relacionada a Becas
Política de reembolso
Delincuencia en préstamo - Mantener un índice académico satisfactorio, según establecido en la Política de Progreso Académico Satisfactorio.
- Informar sobre cualquier cambio en dirección o status con relación a préstamos.
Política y Normas de Elegibilidad Académica para Asistencia Económica (pdf)
Política de Igualdad de Oportunidades
La Universidad de Puerto Rico garantiza la igualdad de oportunidades a sus solicitantes de empleo y a admisión a estudio, y a estudiantes y empleados tanto en lo que se refiere a oportunidades de estudio y empleo como al disfrute de los servicios y programas académicos que se ofrecen y términos y condiciones de trabajo.
La Universidad no excluye de participación, ni niega beneficios, ni discrimina contra ninguna persona por razón de edad, raza, sexo, color, nacimiento, origen o condición social, impedimento físico o mental, o por ideas políticas o religiosas.
Cualquier solicitante a admisión o estudiante, así como cualquier solicitante de empleo o empleado que entienda haya sido objeto de discriminación por las razones anteriormente expuestas, podrá elevar una querella por escrito ante el funcionario designado.
El establecimiento y cumplimiento de esta política así como su publicación es a tenor con los reglamentos federales para la implantación del Título IX, Enmiendas Educacionales de 1972, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y la Ley ADA (“American with Disabilities Act”) de 1992.