Miembros Comité Ética UPRA

Hoja de Composición y Juramentación

Oficina Miembro
Ayudante o Asistente Administrativo Prof. José L. Soto Colón
Directora Recursos Humanos Srta. Sandra M. De Jesús Quiñones
Director de Finanzas Sr. Jesús Valderrama Meléndez
Miembro por 5 años Dra. Rebecca Franqui Rosario
Miembro por 3 años Prof. Robert Rosado Quiñones
Miembro por 3 años Dra. Ingrid Durán Nieves

Documentos importantes

Funciones del Comité de Ética

Las tareas del Comité van dirigidas a dar promoción a las normas éticas, en coordinación con el área de promoción y educación de la OEG. Estas son, entre otras:

  • preparar un plan de trabajo en coordinación con la OEG;
  • mantener informado al Rector sobre los trabajos y asuntos que se realizan en el Comité;
  • coordinar con la OEG la participación de los funcionarios y empleados de su agencia en las actividades educativas sobre la Ley de Ética Gubernamental que organiza la OEG;
  • mantenerse informado de los informes de intervención de la Oficina del Contralor y de los de auditoría interna y externa de la UPR. Darle seguimiento y asegursarse que se cumpla con los señalamientos;
  • velar por que se establezcan controles administrativos que impidan y desalienten al personal a incurrir en violaciones a la Ley de Ética Gubernamental, sus reglamentos y cualquier otra ley dirigida a atacar la corrupción en el servicio público;
  • cumplir y velar que el personal cumpla con las disposiciones de la Ley de Ética Gubernamental, sus reglamentos, opiniones, cartas circulares, órdenes y comunicaciones;
  • constatar de tiempo en tiempo la efectividad de los controles administrativos establecidos por su agencia y velar que se cumplan con los mismos;
  • coordinar con la OEG la asistencia a talleres y actividades de orientación para la promoción y divulgación de la Ley, sus reglamentos, opiniones, cartas circulares y comunicaciones;
  • establecer métodos de comunicación para asegurar que el personal de nuevo ingreso o que cese en su cargo reciba información u orientación sobre las responsabilidades que le impone la Ley de Ética Gubernamental;
  • recibir los formularios de informes financieros y establecer procedimientos para su distribución a los funcionarios o empleados de su agencia que tienen la obligación de rendir los mismos ante la OEG;
  • informar a la OEG sobre cualquier cambio (ceses, toma de posesión de cargos o interinatos) que ocurra sobre los puestos en su agencia que vengan obligados a rendir informes ante la OEG, dentro de los siguientes quince dias (15) calendario a partir de la fecha en que ocurra el cambio;
  • informar a la OEG cualquier cambio en los títulos de los puestos y toda reorganización en la agencia que afecte los puestos obligados a someter informes financieros;
  • asistir a la OEG en cualquier gestión para obtener información sobre los puestos que tienen que rendir dichos informes, inclusiones o exclusiones de otros cargos en la orden que emite el Director Ejecutivo para rendir informes, y otras tareas relacionadas;
  • promover entre el personal de la agencia la discusión de temas relacionados con la ética en general;
  • diseñar, planificar e implantar otras estrategias internas para dar a conocer la Ley entre los servidores públicos de su agencia y promover la obediencia a las normas éticas;
  • referir a la OEG aquellas situaciones de posibles conflictos de intereses o de violación a las normas éticas establecidas en la Ley y sus reglamentos. La OEG es el único organismo que puede procesar y sancionar a un funcionario y empleado público por violación a la Ley de Ética Gubernamental y sus reglamentos;
  • En los casos donde las agencias constituyan un Consejo Facilitador, poner a disposición de estos los recursos necesarios para llevar a cabo las actividades propias de este, una vez autorizadas por el Comité en el plan de trabajo;
  • Ofrecer a los miembros del Consejo Facilitador los recursos y el tiempo necesario dentro de sus respectivas responsabilidades para cumplir con las encomiendas y funciones que les requiere su participación en dicho Consejo;
  • Asistir puntualmente a las reuniones en que la OEG convoque al Comite de Ética o a cualquiera de sus miembros;
  • Mantener comunicación con la OEG y colaborar con esta según le sea requerido; y
  • Realizar cualquier otra función que la OEG estime necesaria para cumplir los objetivos de la Ley de Ética Gubernamental y sus reglamentos

Carta circular de la Oficina de Ética Gubernamental acerca del nuevo Proyecto Declaración de Valores como método alterno para completar las horas de educación continua en ética.

Oprima el siguiente enlace:
Proyecto Declaración de Valores